Dirección Jurídica y de Contrataciones Públicas

 

Los objetivos, funciones y fundamento jurídico de la Dirección Jurídica y de Contrataciones Públicas son los siguientes:

 

 

Propiciar que los actos de la Contraloría se ajusten a la legalidad y garantizar que las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo, se apeguen a la normatividad en materia de contrataciones públicas, promover la observancia de la legalidad en la emisión de los actos administrativos, así como el apego a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez en los procesos de contrataciones públicas.

 

Funciones principales de la Dirección Jurídica y de Contrataciones Públicas de la Contraloría General del Estado.

 

· Representar legalmente al Contralor y a las unidades administrativas de la Contraloría ante todo tipo de autoridades, en los casos en que se tenga que intervenir jurídicamente.

 

· Proponer, formular, revisar y tramitar los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, manuales y acuerdos de la competencia de la Contraloría.

 

· Asesorar jurídicamente a las unidades administrativas de la Contraloría, actuar como órgano de consulta, y compilar, fijar, sistematizar y difundir los criterios de interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas que norman el funcionamiento o estén relacionadas con la misma.

 

· Revisar en el aspecto jurídico los acuerdos, convenios y contratos que deba suscribir el Contralor y darles seguimiento verificando que se cumplan.

 

· Contestar y dar seguimiento a las demandas que se formulen en contra de la Contraloría ante los tribunales judiciales o administrativos, estatales o federales, en coordinación con las unidades administrativas involucradas.

 

·  Elaborar y rendir los informes en los juicios de amparo, interponer toda clase de recursos o medios impugnatorios, así como actuar en los juicios en que la Contraloría fuere parte e intervenir, en su caso, en el cumplimiento y ejecución de las resoluciones respectivas.

 

·  Expedir, previo acuerdo del Contralor, las certificaciones de documentos que obren los archivos de la Contraloría, a solicitud de autoridad competente o parte interesada, de conformidad con las políticas establecidas.

 

· Intervenir en los procedimientos de contratación de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, servicios y enajenación de bienes, vigilando que se cumpla estrictamente con las disposiciones legales correspondientes.

 

· Recibir, tramitar y resolver conforme a las leyes de Adquisiciones y de Obras Públicas del Estado, las inconformidades o impugnaciones que formulen los particulares con motivo de los actos realizados por los servidores públicos de las dependencias y entidades.

 

· Aplicar previa substanciación del procedimiento respectivo, las sanciones a proveedores y contratistas que conforme a las leyes anteriormente señaladas procedan, cuando en la presentación o desahogo de una inconformidad se manifiesten hechos falsos o, en general, incurran en las infracciones previstas en dichos ordenamientos.

 

· Proponer al Contralor a través del Director General de Integridad Pública la instrumentación de medidas preventivas y disposiciones de carácter general que deban sugerirse a las dependencias y entidades, a fin de propiciar la adecuada aplicación de las leyes de Adquisiciones y de Obras Públicas, en los procedimientos de adjudicación respectivos.

 

· Coordinarse con las autoridades competentes, según sea el caso, para la investigación de los delitos del orden común que se detectaren en las acciones operativas de la Contraloría, coadyuvando en representación de la misma en los procedimientos penales, políticos y administrativos.

 

· Llevar el control y seguimiento de las denuncias que en materia penal formule la Contraloría en contra de servidores públicos, proveedores o contratistas, ante las autoridades competentes.